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Fiscalidad

IVA Franquiciado en España: Todo lo que Necesitas Saber como Autónomo o PYME

Todo sobre el IVA franquiciado en Espana: que es, cuando se implanta, quien se beneficia y como afecta a los 770.000 autonomos. Directiva UE 2020/285 explicada.

2 de abril de 202633 min lectura6,500 palabras
IVA franquiciado en Espana: guia completa para autonomos

Contenido

IVA Franquiciado en España: Todo lo que Necesitas Saber como Autónomo o PYME

Se habla mucho del IVA franquiciado, pero hay más confusión que claridad. Si eres autónomo en España y facturas menos de 85.000 euros al año, este régimen podría transformar radicalmente tu día a día fiscal. Imagina emitir facturas sin IVA, olvidarte de las declaraciones trimestrales y ahorrar cientos de euros al año en gestión administrativa. Suena bien, ¿verdad?

El problema es que, a día de hoy, España sigue sin implantarlo. La Directiva europea que lo regula debía haberse traspuesto antes del 31 de diciembre de 2024, y no solo no se cumplió el plazo, sino que en marzo de 2026 la Comisión Europea llevó a España ante el Tribunal de Justicia de la UE. Las multas podrían ser millonarias.

En esta guía completa vamos a poner orden. Te explicamos qué es exactamente el IVA franquiciado, cómo funciona en otros países europeos, cuál es la situación actual en España, quién se beneficiaría, qué ventajas e inconvenientes tiene, y cómo prepararte desde ya para cuando finalmente entre en vigor. Porque la pregunta no es si llegará, sino cuándo.


TL;DR - Resumen Ejecutivo

  • Qué es: Un régimen fiscal de la UE (Directiva 2020/285) que exime a autónomos con facturación bajo 85.000€/año de cobrar IVA.
  • Estado en España: No implantado. Plazo incumplido (dic 2024). Demanda ante el TJUE (marzo 2026).
  • Beneficiarios potenciales: ~770.000 autónomos en España.
  • Ahorro estimado: 508 millones de euros/año (unos 660€ por autónomo).
  • Ventaja principal: Eliminación de declaraciones trimestrales de IVA y facturas más simples.
  • Inconveniente principal: No puedes deducir el IVA soportado en tus compras.
  • Tu software: Deberá soportar facturas sin IVA, monitorización del umbral y compatibilidad con VERI*FACTU.

Qué es el IVA franquiciado

El IVA franquiciado es uno de esos conceptos que genera tanto expectación como confusión entre los autónomos españoles. Vamos a desglosarlo con claridad para que entiendas exactamente de qué se trata, de dónde viene y por qué es relevante para tu negocio.

Definición y origen en la Directiva 2020/285

El IVA franquiciado, o régimen de franquicia de IVA, es un mecanismo fiscal previsto en la Directiva (UE) 2020/285 del Consejo de la Unión Europea, aprobada el 18 de febrero de 2020. Esta directiva reforma el régimen especial aplicable a las pequeñas empresas en materia de IVA, con el objetivo de reducir la carga administrativa y los costes de cumplimiento para los pequeños empresarios y profesionales.

En esencia, el régimen permite que los autónomos y pequeñas empresas cuya facturación anual no supere un umbral determinado (hasta un máximo de 85.000 euros) queden exentos de repercutir IVA en sus facturas. Esto significa que emitirías facturas sin desglose de IVA, no tendrías que presentar declaraciones trimestrales del impuesto (modelo 303) ni el resumen anual (modelo 390), y tu gestión fiscal se simplificaría enormemente.

La directiva establece que cada Estado miembro puede fijar su propio umbral nacional, siempre que no supere los 85.000 euros. Además, introduce por primera vez un régimen transfronterizo que permite a las pequeñas empresas beneficiarse de la franquicia también en operaciones con otros países de la UE, con un umbral europeo de 100.000 euros de facturación total en toda la Unión.

El plazo para que los Estados miembros traspusieran esta directiva a su legislación nacional era el 31 de diciembre de 2024, con aplicación efectiva desde el 1 de enero de 2025. Como veremos más adelante, España incumplió ambos plazos.

Diferencia entre exención y franquicia de IVA

Es importante no confundir el IVA franquiciado con una simple exención de IVA. Aunque el resultado práctico es similar (no se cobra IVA al cliente), hay diferencias técnicas relevantes:

  • Exención de IVA: Se aplica a determinadas actividades (sanidad, educación, seguros, etc.) independientemente del volumen de facturación. El profesional o empresa está exento por la naturaleza de su actividad, no por su tamaño.

  • Franquicia de IVA: Se aplica en función del volumen de facturación, no de la actividad. Cualquier autónomo por debajo del umbral puede acogerse, independientemente de su sector (salvo posibles exclusiones que cada Estado pueda establecer).

Otra diferencia fundamental: la franquicia de IVA es voluntaria. Si como autónomo te conviene seguir en el régimen general para poder deducir el IVA de tus compras, puedes optar por no acogerte. La exención, en cambio, es obligatoria para las actividades que la ley determina.

Además, el régimen de franquicia implica que no puedes deducir el IVA soportado en tus gastos profesionales. Es un intercambio: menos burocracia a cambio de perder esas deducciones. Esta es la clave para decidir si te conviene o no, y lo analizaremos en detalle más adelante.


Cómo funciona el IVA franquiciado en Europa

Antes de hablar de España, es útil entender que el IVA franquiciado no es algo nuevo en Europa. La mayoría de países de la UE ya aplican alguna forma de franquicia de IVA para pequeños empresarios. Lo que hace la Directiva 2020/285 es armonizar y modernizar estos regímenes nacionales, y añadir el componente transfronterizo.

Países que ya lo aplican

Prácticamente todos los Estados miembros de la UE tienen un régimen de franquicia de IVA, aunque con umbrales muy diferentes:

  • Francia: 36.800€ para servicios, 91.900€ para venta de bienes (régimen de franchise en base de TVA).
  • Alemania: 22.000€ de facturación anual (Kleinunternehmerregelung).
  • Italia: 65.000€ (régimen forfetario, que combina franquicia de IVA con tributación simplificada del IRPF).
  • Portugal: 13.500€ (régimen de isenção de IVA del artículo 53 del CIVA).
  • Países Bajos: Hasta 20.000€ (kleineondernemersregeling).
  • Bélgica: 25.000€.
  • Austria: 35.000€.
  • Polonia: Equivalente a ~50.000€.
  • Irlanda: 80.000€ para bienes, 40.000€ para servicios.

Como puedes ver, los umbrales varían enormemente. El de la Directiva 2020/285 (85.000€) es uno de los más altos, y España podría fijar el suyo en esa cantidad o en una inferior. La tendencia en Europa ha sido ir elevando estos umbrales para incluir a más pequeños empresarios.

La experiencia de estos países demuestra que el régimen funciona: reduce la carga administrativa para los más pequeños sin generar distorsiones significativas en el mercado. De hecho, en muchos países es la opción por defecto para los nuevos autónomos.

Umbral de 85.000 euros: cómo se calcula

El umbral de 85.000 euros se refiere a la facturación anual total del autónomo o pequeña empresa. Pero hay matices importantes sobre cómo se calcula:

  • Se computa la cifra de negocios del año natural anterior (o del año en curso si es tu primer ejercicio).
  • Se incluyen todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios sujetas a IVA que habrías realizado.
  • No se incluyen las transmisiones de activos fijos, las operaciones inmobiliarias o financieras accesorias, ni las operaciones exentas sin derecho a deducción.
  • Para el régimen transfronterizo, se suma la facturación en todos los Estados miembros, con un umbral europeo de 100.000€.

Es importante tener en cuenta que si durante un ejercicio superas el umbral, dejas de estar amparado por la franquicia de forma automática. A partir de ese momento, debes empezar a aplicar IVA en tus facturas y cumplir con todas las obligaciones del régimen general. Tu software de facturación deberá estar preparado para gestionar esta transición de forma ágil.


Situación actual del IVA franquiciado en España

Este es posiblemente el apartado que más interesa a los autónomos españoles. ¿Cuándo podremos acogernos al IVA franquiciado? La respuesta corta: todavía no. La larga es más compleja y tiene tintes de conflicto entre España y la Unión Europea.

El plazo incumplido de diciembre 2024

La Directiva 2020/285 establecía claramente que los Estados miembros debían transponer sus disposiciones a la legislación nacional antes del 31 de diciembre de 2024, para su aplicación efectiva desde el 1 de enero de 2025.

España no cumplió ninguno de los dos plazos. A finales de 2024, el Gobierno no había presentado siquiera un anteproyecto de ley para la transposición. Las razones son múltiples: inestabilidad parlamentaria, discrepancias sobre los requisitos técnicos del software de facturación, y debates internos sobre el impacto recaudatorio.

Mientras tanto, desde el 1 de enero de 2025, el componente transfronterizo de la directiva sí es de aplicación directa. Esto significa que un autónomo español que cumpla los requisitos puede acogerse a la franquicia de IVA en operaciones con otros países de la UE, pero no en operaciones nacionales. Una situación paradójica que genera confusión y desigualdad.

Procedimiento de infracción de la Comisión Europea

Ante el incumplimiento de España, la Comisión Europea inició el procedimiento de infracción previsto en el artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE). Este procedimiento tiene varias fases:

  1. Carta de emplazamiento: La Comisión notificó formalmente a España del incumplimiento a principios de 2025, dándole un plazo para responder y subsanar.
  2. Dictamen motivado: Ante la falta de avances, la Comisión emitió un dictamen motivado, fijando un nuevo plazo perentorio para la transposición.
  3. Demanda ante el TJUE: Al no obtener respuesta satisfactoria, la Comisión elevó el caso al Tribunal de Justicia de la UE.

España no es el único Estado miembro que ha incumplido el plazo, pero sí uno de los más grandes y con mayor número de autónomos afectados, lo que ha hecho que la Comisión actúe con especial determinación.

Demanda ante el TJUE en marzo 2026

En marzo de 2026, la Comisión Europea formalizó la demanda contra España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Las implicaciones son serias:

  • España se enfrenta a multas a tanto alzado por el incumplimiento acumulado.
  • Además, podría imponerse una multa coercitiva diaria por cada día que continúe sin transponer la directiva.
  • Los importes pueden alcanzar varios millones de euros, calculados en función del PIB del Estado miembro y la gravedad del incumplimiento.

El Gobierno español ha respondido comprometiéndose a aprobar la legislación necesaria, pero las negociaciones siguen bloqueadas por discrepancias sobre los requisitos de protección de datos y las especificaciones técnicas del software de facturación que debería soportar el nuevo régimen.

La presión del TJUE podría ser el catalizador que finalmente acelere la transposición. Históricamente, las multas europeas han demostrado ser un incentivo eficaz para que los Estados miembros cumplan con sus obligaciones.


Por qué España no ha implantado el IVA franquiciado

Entender las razones del retraso es importante para calibrar cuándo podría finalmente entrar en vigor y qué forma adoptará la legislación española.

Bloqueo en las negociaciones políticas

La situación parlamentaria en España ha dificultado la tramitación legislativa de múltiples iniciativas, y la transposición de la Directiva 2020/285 no ha sido una excepción. Los principales puntos de fricción incluyen:

  • Requisitos del software de facturación: Existe un debate sobre si el software homologado para VERI*FACTU debe incorporar funcionalidades adicionales específicas para el régimen de franquicia, y cómo debe gestionarse la transición entre regímenes.
  • Protección de datos: La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha planteado cuestiones sobre el tratamiento de datos fiscales en el contexto del nuevo régimen y su interacción con el sistema de facturación electrónica.
  • Umbral nacional: Aunque la directiva permite hasta 85.000€, existe debate sobre si España debería fijar un umbral inferior para limitar el impacto recaudatorio.

Impacto recaudatorio y resistencias

El Ministerio de Hacienda ha mostrado preocupación por el impacto en la recaudación que tendría la implantación del IVA franquiciado. Aunque el IVA que dejan de cobrar los autónomos acogidos es también IVA que sus clientes dejan de deducir (en operaciones B2B), en las operaciones con consumidores finales (B2C) sí existe una pérdida neta de recaudación.

Según estimaciones de asociaciones de autónomos, el impacto recaudatorio directo sería relativamente moderado, ya que los autónomos con menor facturación generan proporcionalmente menos IVA. Sin embargo, la Administración teme un posible efecto de fragmentación artificial de negocios para mantenerse por debajo del umbral, un fenómeno observado en otros países.

Por otro lado, las asociaciones de autónomos (ATA, UPTA, UATAE) llevan años reclamando la implantación del régimen y han intensificado su presión ante el incumplimiento del plazo europeo. Argumentan que la simplificación fiscal es esencial para la competitividad de los pequeños empresarios españoles frente a sus homólogos europeos que ya se benefician del régimen.


Quién se beneficiaría del IVA franquiciado

El IVA franquiciado no beneficia a todos los autónomos por igual. Dependiendo de tu perfil, la ventaja puede ser enorme o incluso contraproducente. Veamos quién saldría ganando.

Autónomos y micropymes

El perfil ideal del beneficiario es el autónomo o micropyme que factura por debajo de 85.000 euros anuales y tiene pocos gastos profesionales con IVA. Esto incluye a una parte muy significativa del tejido empresarial español:

  • Profesionales independientes (consultores, diseñadores, programadores, redactores, traductores).
  • Profesiones liberales (abogados, arquitectos, psicólogos) con facturación moderada.
  • Pequeños comerciantes y artesanos.
  • Profesores particulares y formadores.
  • Profesionales del sector creativo y artístico.

Sectores más beneficiados

Los sectores que más se beneficiarían son aquellos donde:

  • Los gastos profesionales son bajos: Si tu principal recurso es tu tiempo y conocimiento (servicios profesionales, consultoría, formación), el IVA que dejas de deducir es mínimo.
  • Los clientes son consumidores finales (B2C): Tus precios efectivos bajan porque ya no incluyen IVA, lo que te hace más competitivo. O puedes mantener el mismo precio y aumentar tu margen.
  • La gestión administrativa es un lastre significativo: Para un autónomo que factura 30.000€ al año, dedicar tiempo a declaraciones trimestrales de IVA tiene un coste de oportunidad alto en proporción a su facturación.

Sectores como la hostelería minorista, el comercio de proximidad, los servicios personales (peluquería, estética, reparaciones) y las profesiones creativas serían los grandes ganadores.

Cifras clave: 770.000 beneficiarios y 508M de ahorro

Según datos de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) y estimaciones del Gobierno:

  • Aproximadamente 770.000 autónomos podrían acogerse al régimen, lo que representa el 22% del total de trabajadores por cuenta propia en España.
  • El ahorro colectivo estimado es de 508 millones de euros al año en costes de gestión y asesoría fiscal.
  • Esto supone un ahorro medio de unos 660 euros anuales por autónomo, aunque la cifra varía enormemente según el perfil: un autónomo con facturación muy baja y sin asesor fiscal podría ahorrar menos, mientras que uno que paga trimestralmente a un gestor podría ahorrar más de 1.000€.
  • La eliminación de las declaraciones trimestrales de IVA (modelos 303 y 390) es el ahorro más tangible, tanto en tiempo como en dinero.

Estas cifras convierten al IVA franquiciado en una de las medidas de simplificación fiscal con mayor impacto potencial para el colectivo de autónomos en España.


Requisitos para acogerse al régimen de franquicia

Umbral de facturación anual

El requisito principal es no superar el umbral de facturación anual que establezca la legislación española. La Directiva 2020/285 permite un máximo de 85.000 euros, pero España podría fijar uno inferior. A falta de la transposición, se espera que se aplique el umbral máximo de 85.000€, ya que es el que han solicitado las asociaciones de autónomos y el que maximiza el número de beneficiarios.

El umbral se calcula sobre la cifra de negocios del ejercicio anterior. Si es tu primer año de actividad, se prorratea la facturación esperada al año completo. Si durante el ejercicio en curso superas el umbral, la salida es automática desde ese momento.

Actividades incluidas y excluidas

En principio, todas las actividades económicas pueden acogerse al régimen de franquicia, siempre que cumplan el requisito del umbral de facturación. Sin embargo, la directiva permite a los Estados miembros establecer exclusiones para determinadas actividades o sectores.

Las posibles exclusiones que podría establecer España (pendiente de legislación) incluyen:

  • Actividades ya sujetas a regímenes especiales de IVA (recargo de equivalencia, régimen simplificado por módulos, etc.).
  • Operaciones con bienes sujetos a impuestos especiales (tabaco, alcohol, hidrocarburos).
  • Actividades inmobiliarias o financieras de carácter habitual.

Hasta que se publique la ley de transposición, no se conocerán las exclusiones exactas que aplicará España.


Ventajas del IVA franquiciado para autónomos

Las ventajas son significativas y afectan tanto a la operativa diaria como a la rentabilidad del negocio:

  1. Eliminación de declaraciones trimestrales de IVA: No más modelo 303 cada trimestre ni modelo 390 anual. Para muchos autónomos, esto supone ahorrarse las visitas al gestor o las horas dedicadas a preparar estas declaraciones.

  2. Facturas más simples: Emites facturas sin desglose de IVA, con una mención legal indicando que operas bajo el régimen de franquicia. Menos campos, menos errores, menos complejidad.

  3. Ahorro en asesoría fiscal: Si pagas a un gestor por preparar tus declaraciones de IVA, ese gasto desaparece. El ahorro puede ser de 200-400€ al año o más, dependiendo de tu gestor.

  4. Precios más competitivos en B2C: Si vendes a consumidores finales, puedes mantener tu precio actual y aumentar tu margen (ya que no tienes que ingresar IVA a Hacienda) o reducir el precio para ser más competitivo.

  5. Menos riesgo de errores y sanciones: Al no tener que gestionar el IVA, desaparece el riesgo de errores en las declaraciones, desfases entre IVA repercutido y soportado, o sanciones por presentación tardía.

  6. Simplificación de la tesorería: Ya no tienes que reservar una parte de cada cobro para ingresarlo como IVA a Hacienda. Todo lo que cobras es tuyo (antes de IRPF, claro).

  7. Menor barrera de entrada para nuevos autónomos: El IVA es una de las principales fuentes de confusión y miedo para quienes se dan de alta por primera vez. El régimen de franquicia elimina esa barrera.


Desventajas e inconvenientes del IVA franquiciado

No todo son ventajas. El IVA franquiciado tiene contrapartidas que debes evaluar cuidadosamente antes de decidir si te conviene.

No poder deducir el IVA soportado

Esta es la principal desventaja. Al estar exento de cobrar IVA, tampoco puedes deducir el IVA que pagas en tus compras y gastos profesionales. Esto incluye:

  • IVA de material de oficina, ordenadores, software.
  • IVA de servicios profesionales (asesoría, diseño, marketing).
  • IVA de suministros (teléfono, Internet, alquiler de oficina).
  • IVA de vehículos y gastos de transporte.
  • IVA de materias primas o mercancías (si vendes productos).

Para un autónomo con gastos profesionales de 5.000€ al año, la pérdida en IVA no deducible sería de unos 1.050€ (al 21%). Si tus gastos son más elevados, la pérdida crece proporcionalmente. Es fundamental hacer números antes de decidir.

Salida automática al superar el umbral

Si durante un ejercicio fiscal superas los 85.000 euros de facturación, sales automáticamente del régimen de franquicia. Esto tiene implicaciones operativas importantes:

  • Debes empezar a aplicar IVA en tus facturas a partir del momento en que superas el umbral.
  • Necesitas que tu software de facturación gestione la transición de forma ágil.
  • Tus clientes recibirán facturas con IVA sin previo aviso, lo que puede generar confusión.
  • Debes darte de alta en las obligaciones trimestrales de IVA y empezar a presentar declaraciones.

Para autónomos con facturación cercana al umbral, esto crea una zona de incertidumbre. Si facturas 75.000-80.000€ al año, un buen año podría sacarte del régimen inesperadamente.

No apto para negocios con gastos elevados

Si tu actividad requiere compras significativas de materiales, equipamiento o servicios, el IVA franquiciado probablemente no te conviene. Ejemplos:

  • Un fontanero que factura 60.000€ pero gasta 20.000€ en materiales perdería 4.200€ en IVA no deducible.
  • Un comerciante que compra mercancía por valor de 40.000€ perdería 8.400€ en deducciones.
  • Un reformista que subcontrata trabajos por 30.000€ perdería 6.300€.

En estos casos, el ahorro en gestión (660€ de media) no compensa la pérdida en deducciones. El régimen general sigue siendo más ventajoso.


IVA franquiciado vs régimen actual de IVA en España

Para que la comparación quede clara, veamos las diferencias fundamentales en una tabla:

Concepto Régimen General de IVA IVA Franquiciado
Cobrar IVA en facturas Obligatorio (21%, 10% o 4%) No se cobra IVA
Deducir IVA soportado Sí, en gastos profesionales No es posible
Modelo 303 (trimestral) Obligatorio cada trimestre No se presenta
Modelo 390 (resumen anual) Obligatorio No se presenta
Factura Con desglose de IVA Sin IVA, con mención legal
Coste de gestión Mayor (gestor, tiempo, errores) Menor (simplificación)
Límite de facturación Sin límite 85.000€/año (máximo)
Voluntariedad Obligatorio salvo exenciones Voluntario
Ideal para Cualquier volumen y tipo de gasto Facturación baja, pocos gastos

La clave está en hacer números con tu caso concreto. Si el IVA soportado que deduces actualmente es superior al ahorro en gestión, el régimen general te conviene más. Si es inferior, el IVA franquiciado es tu mejor opción.


Qué pasa con las declaraciones trimestrales de IVA

Una de las mayores ventajas del IVA franquiciado es la eliminación de las declaraciones trimestrales de IVA. Pero es importante entender exactamente qué desaparece y qué obligaciones se mantienen:

Se eliminan:

  • Modelo 303: Declaración trimestral de IVA (autoliquidación).
  • Modelo 390: Resumen anual de IVA.
  • Libros de registro de IVA: Libros de facturas emitidas y recibidas a efectos de IVA.

Se mantienen:

  • Declaraciones de IRPF: Los pagos fraccionados (modelo 130 o 131) y la declaración anual de la renta siguen siendo obligatorios.
  • Obligaciones censales: Alta y modificaciones en el censo de empresarios (modelo 036/037).
  • Facturación: Sigues obligado a emitir facturas, aunque sin IVA.
  • VERI*FACTU: Si cuando entre en vigor el IVA franquiciado ya es obligatorio VERI*FACTU, deberás cumplir con sus requisitos técnicos independientemente del régimen de IVA.

Esto es importante: el IVA franquiciado no te convierte en invisible para Hacienda. Sigues teniendo obligaciones fiscales, pero las relativas al IVA desaparecen o se simplifican drásticamente.


Impacto en el software de facturación

Cuando el IVA franquiciado entre en vigor, tu herramienta de facturación deberá adaptarse. No basta con dejar de poner IVA en las facturas: hay requisitos técnicos y funcionales que tu software debe cumplir.

Facturas sin IVA: nuevos requisitos

Las facturas emitidas bajo el régimen de franquicia deberán incluir una mención legal obligatoria indicando que la operación está exenta de IVA por aplicación del régimen de franquicia (referencia a la Directiva 2020/285 o a la ley nacional de transposición). Tu software deberá:

  • Permitir configurar facturas sin desglose de IVA.
  • Incluir automáticamente la mención legal requerida.
  • Diferenciar claramente estas facturas de las facturas con IVA (para el caso de que cambies de régimen).
  • Mantener la numeración correlativa obligatoria.

Monitorización del umbral de 85.000 euros

Tu software deberá ofrecerte visibilidad en tiempo real sobre tu facturación acumulada en el ejercicio, para que puedas controlar tu proximidad al umbral de 85.000 euros. Las funcionalidades clave son:

  • Dashboard de facturación acumulada con porcentaje respecto al umbral.
  • Alertas configurables al 70%, 80% y 90% del umbral.
  • Proyección estimada de facturación a final de año basada en la tendencia actual.
  • Notificación inmediata si se supera el umbral.

Cambio automático de régimen

Si superas los 85.000 euros, tu software debe ser capaz de gestionar la transición del régimen de franquicia al régimen general de IVA de forma ágil:

  • Las facturas emitidas a partir de la superación del umbral deben incluir IVA.
  • El cambio debe poder hacerse de forma inmediata, sin interrumpir la operativa del negocio.
  • Debe mantenerse un registro claro de qué facturas se emitieron bajo cada régimen.
  • Los informes y resúmenes deben reflejar correctamente la dualidad de regímenes en un mismo ejercicio.

Compatibilidad con VERI*FACTU

El sistema VERI*FACTU de verificación de facturas de la AEAT será obligatorio independientemente del régimen de IVA al que estés acogido. Tu software deberá cumplir con ambos marcos regulatorios simultáneamente:

  • Generar facturas verificables según los estándares VERI*FACTU.
  • Transmitir los registros de facturación a la AEAT en el formato y plazo requeridos.
  • Garantizar la integridad, inalterabilidad y trazabilidad de las facturas.
  • Todo ello tanto para facturas con IVA como para facturas sin IVA bajo el régimen de franquicia.

En Zynvio ya estamos preparados. Nuestro ERP gestiona múltiples configuraciones fiscales por empresa y está diseñado para adaptarse al régimen de franquicia en cuanto se publique la normativa definitiva.


Guía paso a paso: cómo prepararte para el IVA franquiciado

Aunque el IVA franquiciado no está aún en vigor en España, puedes empezar a prepararte desde ahora. Estos son los pasos que te recomendamos:

Paso 1: Calcula tu facturación anual media. Revisa tus últimos 2-3 ejercicios fiscales y calcula tu facturación media anual. Si estás consistentemente por debajo de 85.000€, eres candidato al régimen.

Paso 2: Estima el IVA soportado que actualmente deduces. Suma todo el IVA que has deducido en el último ejercicio: compras de material, servicios profesionales, suministros, alquileres, etc. Esta es la cifra que perderías.

Paso 3: Compara el ahorro vs la pérdida. Por un lado, el ahorro en gestoría, tiempo y simplificación (estimado en 660€/año de media). Por otro, el IVA soportado que dejarías de deducir. Si el ahorro supera la pérdida, el régimen te conviene.

Paso 4: Verifica tu software de facturación. Asegúrate de que tu herramienta actual soporta (o soportará) facturas sin IVA, monitorización de umbral y cambio de régimen. Si no, empieza a buscar alternativas.

Paso 5: Configura alertas de umbral. Si tu software lo permite, configura alertas para recibir notificaciones cuando tu facturación acumulada alcance el 80% y el 90% del umbral.

Paso 6: Consulta con tu asesor fiscal. Cada caso es único. Un buen asesor puede ayudarte a simular distintos escenarios y tomar la mejor decisión para tu situación específica.


Checklist de preparación para el IVA franquiciado

  • Calcular facturación anual media de los últimos 3 ejercicios
  • Estimar el IVA soportado deducido anualmente
  • Realizar simulación numérica: ahorro en gestión vs pérdida de deducciones
  • Verificar compatibilidad del software de facturación actual
  • Configurar alertas de umbral al 80% y 90% de los 85.000€
  • Consultar con asesor fiscal sobre la conveniencia para tu caso
  • Preparar plantilla de factura sin IVA con mención legal
  • Revisar contratos con clientes B2B que puedan verse afectados
  • Planificar comunicación a clientes sobre el cambio de régimen
  • Documentar la decisión y los motivos para referencia futura

Errores comunes sobre el IVA franquiciado

  1. Pensar que ya está vigente en España. A abril de 2026, el IVA franquiciado no se aplica a operaciones nacionales. Solo aplica en operaciones transfronterizas desde enero de 2025.

  2. Creer que es obligatorio acogerse. El régimen es voluntario. Puedes quedarte en el régimen general si te conviene más.

  3. No calcular el IVA soportado que se deja de deducir. Muchos autónomos se entusiasman con la simplificación sin valorar cuánto pierden en deducciones.

  4. Ignorar la salida automática al superar el umbral. Si tu facturación es cercana a 85.000€, podrías salir del régimen a mitad de año sin haberlo previsto.

  5. No adaptar el software de facturación. Emitir facturas sin IVA sin la mención legal obligatoria o sin un sistema que controle el umbral es un riesgo.

  6. Confundir franquicia de IVA con recargo de equivalencia. Son regímenes completamente diferentes. El recargo de equivalencia aplica a comerciantes minoristas y tiene su propia mecánica.

  7. No incluir la mención legal obligatoria en las facturas. Las facturas bajo el régimen de franquicia deben indicar expresamente que la operación está exenta de IVA por dicho régimen.

  8. Pensar que aplica sin restricciones a operaciones intracomunitarias. El régimen transfronterizo tiene su propio umbral (100.000€) y requisitos adicionales.

  9. No monitorizar la facturación acumulada durante el año. Sin un sistema de seguimiento, puedes superar el umbral sin darte cuenta.

  10. Cambiar de régimen sin consultar a un asesor fiscal. Cada situación es única y la decisión tiene implicaciones que van más allá del IVA (IRPF, tesorería, precios).

  11. Suponer que todos los clientes preferirán facturas sin IVA. Los clientes empresariales (B2B) son indiferentes porque deducen el IVA; los particulares (B2C) sí se benefician.

  12. No prever el efecto en la tesorería. Aunque simplificas la gestión, debes recalcular tus precios y márgenes teniendo en cuenta que ya no repercutes ni deduces IVA.


Mejores prácticas para la transición

  1. Haz una simulación numérica detallada antes de tomar cualquier decisión. Compara escenarios a 1, 2 y 3 años.

  2. Consulta con tu asesor fiscal. Es la mejor inversión que puedes hacer antes de cambiar de régimen.

  3. Adapta tu software de facturación antes de que entre en vigor. No esperes al último momento.

  4. Configura alertas al 70%, 80% y 90% del umbral. Tener margen de reacción es clave.

  5. Comunica a tus clientes el cambio con antelación. Especialmente a los clientes B2B, que necesitan saber que tus facturas ya no incluirán IVA.

  6. Mantente informado de los avances legislativos. Sigue las noticias sobre la tramitación de la ley de transposición.

  7. Documenta tu decisión por escrito. Deja constancia de los motivos por los que te acoges (o no) al régimen, incluyendo los cálculos.

  8. Revisa anualmente si el régimen sigue conviniéndote. Tu facturación y gastos pueden cambiar de un año a otro.

  9. Ten un plan de salida preparado. Si te acercas al umbral, ten claro cómo vas a gestionar la transición al régimen general.

  10. Integra la monitorización del umbral en tu rutina mensual. No lo dejes para final de año.

  11. Asegúrate de cumplir también con VERI*FACTU. Ambos marcos regulatorios coexisten y tu software debe gestionarlos.

  12. Guarda copia de todas las facturas emitidas sin IVA bajo el régimen de franquicia, en formato electrónico y accesible.


Escenarios según tipo de autónomo

Freelance digital con pocos gastos

Perfil: Diseñador gráfico, programador, redactor freelance. Factura 45.000€/año. Gastos profesionales: 3.000€/año (software, hosting, coworking).

Análisis:

  • IVA soportado que deja de deducir: 3.000 × 21% = 630€/año
  • Ahorro estimado en gestión: 660€/año (gestoría + tiempo)
  • Balance: positivo. El IVA franquiciado le conviene claramente.

Ventaja adicional: Si trabaja con clientes particulares, sus precios efectivos bajan, haciéndole más competitivo. Además, la simplificación administrativa le permite dedicar más tiempo a producir.

Comercio minorista con inventario

Perfil: Tienda de ropa o alimentación. Factura 70.000€/año. Compras de mercancía: 35.000€/año.

Análisis:

  • IVA soportado que deja de deducir: 35.000 × 21% = 7.350€/año
  • Ahorro estimado en gestión: 660€/año
  • Balance: muy negativo. Pierde 6.690€ netos. El régimen general es mucho mejor.

Conclusión: Para comerciantes con compras significativas de mercancía, el IVA franquiciado es claramente desfavorable. Es importante que el software de facturación permita hacer esta simulación fácilmente.

Profesional liberal cercano al umbral

Perfil: Consultor de gestión. Factura 78.000€/año con tendencia al alza. Gastos profesionales: 8.000€/año.

Análisis:

  • IVA soportado que deja de deducir: 8.000 × 21% = 1.680€/año
  • Ahorro estimado en gestión: 660€/año
  • Balance: negativo (-1.020€/año), pero además tiene el riesgo de superar el umbral.

Recomendación: Mantenerse en el régimen general. La combinación de pérdida neta en deducciones y riesgo de salida automática hace que no merezca la pena. Si su facturación bajara a 50.000-60.000€ y sus gastos disminuyeran, podría reconsiderarlo.


Calendario estimado de implantación

Aunque no hay fecha oficial confirmada, podemos estimar un calendario basado en la situación actual y los precedentes europeos:

Evento Fecha estimada
Demanda CE ante TJUE Marzo 2026 (confirmado)
Sentencia del TJUE Finales de 2026 - Principios de 2027
Aprobación de ley de transposición 2027 (bajo presión judicial)
Entrada en vigor del IVA franquiciado Posiblemente 1 de enero de 2028
Período de adaptación 6-12 meses tras la publicación

Estas fechas son estimaciones basadas en los plazos habituales del TJUE y la tramitación legislativa española. La presión de las multas europeas podría acelerar el proceso. Lo que es seguro es que el régimen llegará, porque es una obligación derivada del derecho europeo y España no puede ignorarla indefinidamente.

Nuestra recomendación: No esperes a que se publique la ley para prepararte. El momento de evaluar tu situación, adaptar tu software y planificar tu estrategia es ahora.


Preguntas frecuentes sobre el IVA franquiciado

¿Qué es exactamente el IVA franquiciado?

Es un régimen fiscal europeo (Directiva 2020/285) que permite a autónomos y pequeñas empresas con facturación inferior a 85.000€/año emitir facturas sin IVA y no presentar declaraciones trimestrales de IVA.

¿Cuándo estará disponible en España?

No hay fecha confirmada. España incumplió el plazo de diciembre 2024 y fue demandada por la UE en marzo de 2026. Se estima que podría implantarse entre 2027 y 2028.

¿Es obligatorio acogerse?

No, es completamente voluntario. Si te conviene seguir deduciendo el IVA de tus gastos, puedes permanecer en el régimen general.

¿Puedo deducir el IVA de mis compras si me acojo?

No. La contrapartida de no cobrar IVA es que tampoco puedes deducir el IVA soportado en tus gastos profesionales.

¿Qué pasa si supero los 85.000€ durante el año?

Sales automáticamente del régimen de franquicia y debes empezar a aplicar IVA en tus facturas desde ese momento.

¿Desaparecen todas mis obligaciones fiscales?

No. Solo desaparecen las obligaciones relacionadas con el IVA (modelo 303, modelo 390). Las de IRPF, censos y facturación se mantienen.

¿A cuántos autónomos beneficiaría?

Aproximadamente 770.000 autónomos (el 22% del total), con un ahorro estimado de 508 millones de euros anuales.

¿Funciona igual que en Francia o Alemania?

El concepto es el mismo, pero cada país tiene su propio umbral y condiciones. Francia lo fija en 36.800€ para servicios y Alemania en 22.000€.

¿Mi software de facturación está preparado?

Depende del software. Necesitas uno que soporte facturas sin IVA, monitorización del umbral y cambio de régimen. Zynvio ya está preparado.

¿Debería prepararme ya o esperar?

Prepárate ahora. Evalúa tu situación, haz números y asegúrate de que tu software está listo. Cuando entre en vigor, querrás poder activarlo desde el primer día.


Conclusión

El IVA franquiciado representa una oportunidad real de simplificación fiscal para cientos de miles de autónomos en España. Aunque la situación política ha retrasado su implantación y la Unión Europea ha tenido que intervenir judicialmente, todo apunta a que llegará más pronto que tarde.

La clave está en prepararse ahora: analiza si te conviene con números reales, adapta tu software de facturación, consulta con tu asesor fiscal y ten un plan listo para activar cuando se publique la normativa definitiva.

No todos los autónomos se beneficiarán por igual. Los freelances digitales, profesionales de servicios y autónomos con pocos gastos serán los grandes ganadores. Los comerciantes con compras significativas de mercancía y los profesionales cercanos al umbral deberán pensarlo bien.

La pregunta no es si llegará, sino cuándo. Y cuando llegue, mejor estar preparado.


Prepara tu facturación con Zynvio

En Zynvio estamos preparados para el IVA franquiciado. Nuestro software de facturación ya gestiona múltiples configuraciones fiscales por empresa y estará listo para adaptarse al régimen de franquicia en cuanto se publique la normativa definitiva.

Con Zynvio podrás:

  • Emitir facturas sin IVA con la mención legal correcta bajo el régimen de franquicia.
  • Monitorizar tu facturación acumulada con alertas al acercarte al umbral de 85.000€.
  • Cambiar de régimen de forma ágil si creces por encima del umbral.
  • Mantener el cumplimiento con VERI*FACTU independientemente del régimen fiscal.

Solicita tu demo gratuita y empieza a preparar tu negocio para el cambio más importante en la fiscalidad de los autónomos españoles en décadas.

Preguntas Frecuentes

Que es el IVA franquiciado?

El IVA franquiciado es un regimen fiscal previsto en la Directiva europea 2020/285 que permite a los autonomos y pequenas empresas con una facturacion anual inferior a 85.000 euros quedar exentos de cobrar IVA en sus facturas y de presentar declaraciones trimestrales de IVA.

Cuando se implantara el IVA franquiciado en Espana?

Espana no ha implantado todavia el IVA franquiciado pese a que el plazo de la UE vencio en diciembre de 2024. En marzo de 2026 la Comision Europea demando a Espana ante el TJUE. No hay fecha confirmada de implantacion, aunque el Gobierno se ha comprometido a legislarlo.

Cual es el umbral de facturacion para el IVA franquiciado?

La Directiva 2020/285 establece un umbral maximo de 85.000 euros de facturacion anual. Cada Estado miembro puede fijar un umbral igual o inferior. No se ha confirmado el umbral exacto que aplicara Espana.

Si me acojo al IVA franquiciado, puedo deducir el IVA de mis compras?

No. Al estar exento de cobrar IVA, tampoco podras deducir el IVA soportado en tus compras y gastos profesionales. Esto hace que el regimen no sea ventajoso para autonomos con gastos elevados en materiales, equipos o servicios.

Que pasa si supero los 85.000 euros de facturacion durante el ano?

Si superas el umbral establecido, dejas de estar amparado por la franquicia de forma automatica y debes empezar a aplicar IVA en tus facturas a partir de ese momento, ademas de cumplir con todas las obligaciones del regimen general de IVA.

El IVA franquiciado elimina las declaraciones trimestrales?

Si, los autonomos acogidos al regimen de franquicia de IVA quedarian exentos de presentar las declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303) y el resumen anual (modelo 390), lo que supone un ahorro significativo en tiempo y costes de gestion.

Cuantos autonomos se beneficiarian del IVA franquiciado en Espana?

Segun estimaciones oficiales, aproximadamente 770.000 autonomos y micropymes espanolas podrian acogerse al regimen de franquicia de IVA, con un ahorro colectivo estimado de 508 millones de euros anuales en costes de gestion.

El IVA franquiciado es lo mismo que no cobrar IVA?

No exactamente. El IVA franquiciado es un regimen regulado que exime de la obligacion de repercutir IVA en facturas y de presentar declaraciones. No cobrar IVA sin estar acogido a un regimen legal seria una infraccion fiscal.

Como afecta el IVA franquiciado a mi software de facturacion?

Tu software debera permitir emitir facturas sin IVA con la mencion legal correspondiente, monitorizar tu facturacion acumulada respecto al umbral de 85.000 euros, y facilitar el cambio de regimen si lo superas. Ademas, debera ser compatible con VERI*FACTU.

Puedo renunciar al IVA franquiciado y seguir en el regimen general?

Si, el regimen de franquicia de IVA es voluntario. Si te conviene deducir el IVA soportado porque tienes gastos elevados, puedes optar por permanecer en el regimen general de IVA.

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